En Colombia, ser jurado de votación es una obligación legal para los ciudadanos seleccionados por la Registraduría Nacional del Estado Civil en cada jornada electoral. Esto se considera una responsabilidad cívica que permite el correcto funcionamiento del proceso democrático, desde la instalación de la mesa hasta el conteo de votos y la entrega de documentos al final del escrutinio
El Código Electoral colombiano define este cargo como de forzosa aceptación, lo que significa que, si es elegido, debe asistir a la mesa de votación correspondiente en la fecha y hora indicadas.
¿Qué pasa si no asiste como jurado de votación?
Si un ciudadano no asiste sin una causa justa a cumplir como jurado de votación, la Ley indica que se le impondrá una multa equivalente a hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
Esto es un valor aproximado de $17.509.050 COP
Para el caso de los menores de edad seleccionados como jurados, la sanción consiste en realizar 40 horas de socialización del Estatuto de Ciudadanía Juvenil en sus comunidades. El cumplimiento de esta labor será verificado por el rector de la institución educativa a la que asista.
Además de la multa económica, los servidores públicos que sean designados como jurados y no cumplan con esta función sin justa causa pueden ser destituidos de su cargo.
Justa causa para no presentarse
Existen situaciones específicas en las que una persona puede estar exonerada de cumplir como jurado. Estas causas están previstas en el artículo 108 del Código Electoral y suelen incluir (entre otras):
-Enfermedad grave propia o de familiares cercanos
-Fallecimiento de familiares próximos
-No residir en el lugar donde fue designado
-Estar registrado para votar en otro municipio
-Ser menor de 18 años (según el proceso electoral)
Si el jurado presenta una excusa válida antes de la votación, no se le aplicará la multa. Esto debe hacerse conforme a los plazos y requisitos establecidos por la Registraduría.
La resolución que impone la multa por no haber cumplido como jurado de votación se dicta después del día de la jornada electoral, una vez se comprueba la ausencia injustificada.
El proceso es administrativo, y la Registraduría informa al ciudadano sobre el monto y la forma de pago. Si no se paga en el plazo estipulado, se puede iniciar cobro coactivo para ejecutar la sanción.
¿Cómo saber si fue elegido jurado de votación?
Los ciudadanos pueden acercarse a las diferentes sedes de la Registraduría del país y allí podrán ver publicadas las resoluciones de nombramiento de jurados de votación.
Además, como mecanismo alterno, en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil, www.registraduria.gov.co, la ciudadanía podrá consultar digitando su número de cédula para validar si fue designado como jurado de votación para un proceso electoral específico.
¿Cuáles son las funciones de los jurados de votación?
Atender el proceso de las votaciones:
– Recibir el documento de identidad de los ciudadanos y verificarlo en el formulario E-10.
– Registrar los nombres y apellidos de cada sufragante en el formulario E-11.
– Firmar y entregar la tarjeta electoral al sufragante.
– Custodiar la urna.
– Diligenciar y entregar al sufragante el certificado electoral (si lo hubiere) con el documento de identidad.
– Efectuar los escrutinios de mesa.
– Registrar los resultados en los documentos electorales.
– Entregar los pliegos electorales al delegado de puesto de la Registraduría.
