El Ministerio de Transporte radicó el proyecto para ordenar la micromovilidad tras aumento de siniestros en ciudades como Bogotá
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Transporte, radicó el proyecto de reglamentación de los Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana – Velpu, con el que busca poner orden al crecimiento «con mucho desorden» de patinetas eléctricas y similares, y responder a los siniestros viales que han cobrado vidas en ciudades como Bogotá.
La ministra María Fernanda Rojas explicó en Mañanas Blu que la norma desarrolla la Ley 2486 de 2025 y se articula con el enfoque de Sistema Seguro y las metas del Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2031.
Para garantizar la seguridad de los usuarios, el Ministerio estableció requisitos obligatorios. Según la ministra, los dispositivos «deben tener frenos, deben tener luz blanca delantera, luz roja» y otros elementos de visibilidad.
En protección personal, será obligatorio el uso de «un casco certificado con unas especificaciones técnicas que exige el Ministerio de Transporte y una prenda retrorreflectiva». Por ahora, aclaró Rojas, solo se aceptarán «cascos de moto que son los únicos que están certificados en el país», debido a las velocidades y potencia que alcanzan estos vehículos.
En la noche o con baja visibilidad también será obligatorio portar elementos retrorreflectivos.
¿Por dónde podrán circular?
La normativa define claramente los espacios prohibidos: no se podrá circular por andenes ni por infraestructura peatonal. Tampoco por túneles, viaductos, vías férreas y corredores donde la velocidad máxima supere los 80 km/h.
En ciclorrutas y ciclovías, el límite nacional será de 25 km/h. Sin embargo, la ministra señaló que se dará autonomía a las alcaldías: «si una alcaldía considera que debe ser menor la velocidad… lo puede establecer».
Fuera del perímetro urbano y cumpliendo las condiciones de la resolución, los Velpu podrán alcanzar hasta 40 km/h, respetando siempre la señalización.
A diferencia de las motocicletas, la Ley 2486 prohíbe exigir placa. Por eso se creará una «lámina» de identificación que deberá instalar el vendedor. La lámina incluirá velocidad máxima, número de serie y potencia, para facilitar controles y rastreo en caso de robo.
Esta exigencia comenzará a regir el 1 de enero de 2027. Quien incumpla se expone a las sanciones de tránsito vigentes, incluida la retención del vehículo. «Las sanciones pueden llegar hasta seis salarios mínimos diarios vigentes», advirtió la ministra.
El control estará a cargo de los organismos de tránsito locales.
Componente ambiental
El proyecto también incluye disposiciones para la gestión de baterías de litio y llantas, con el objetivo de promover su disposición final adecuada ante el aumento del uso de estos vehículos.
El documento estará abierto para recibir observaciones de ciudadanos, gremios y organizaciones hasta el 9 de julio. Tras ese plazo, el Ministerio evaluará los comentarios antes de expedir la resolución definitiva.
Para la ministra Rojas, la meta es clara: «establecer reglas claras para garantizar una convivencia segura entre peatones, ciclistas, conductores y usuarios de vehículos eléctricos livianos».
