CORTE CONSTITUCIONAL DEVUELVE LA REFORMA PENSIONAL AL CONGRESO: ORDENÓ NUEVA VOTACIÓN EN LA CÁMARA DE REPRESENTANTES

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Por vicios de forma, la Corte Constitucional decidió devolver la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro a la Cámara de Representantes, donde no se debatió adecuadamente. La ley iba a empezar a regir el 1° de julio

La Corte Constitucional, a través del Auto 841 de 2025, anunció en la tarde del martes 17 de junio que devolvió al Congreso de la República la Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común, y se dictan otras disposiciones”.

La reforma había sido aprobada hace un año en el Congreso, luego de una polémica “jugada” con la que la Cámara de Representantes decidió acoger el texto avalado previamente por el Senado, sin siquiera debatirlo ni enmendar crasos errores que le costarían billones a Colombia.

La decisión fue tomada de forma unánime. Es decir que los nueve magistrados que integran la Sala Plena encontraron consensos y no fue necesario acudir a la inexequibilidad de la ley al demostrar que dichos vicios de trámite eran subsanables.

Ahora lo que sigue es que la Cámara de Representantes deberá debatir si acoge o no el texto de la Reforma que Salió del Senado.

Para subsanar dichos vicios de trámite en el legislativo, la Corte Constitucional dio a la Plenaria de la Cámara de Representantes, un plazo máximo de treinta (30) días hábiles para debatir y discutir dicha proposición.

Una vez la Corte verifique que se subsanó el vicio de procedimiento, el Congreso de la República podrá definir un nuevo término de entrada en vigencia integral de la Ley 2381, conocida como la Reforma Pensional.

No obstante, el Tribunal Constitucional aclaró que quedará vigente lo dispuesto en los artículos 12, parágrafo transitorio y 76 de la citada ley.