La Sala de Tutelas del alto tribunal confirmó la determinación que semanas atrás había tomado el Tribunal Superior de Bogotá y concluyó que no hubo razonabilidad ni proporcionalidad al restringir la libertad del exmandatario
La Corte Suprema de Justicia confirmó en segunda instancia el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, que el pasado 19 de agosto ordenó la libertad del expresidente Álvaro Uribe tras revocar su detención domiciliaria. El exmandatario podrá seguir en libertad hasta que se resuelva la apelación de la condena de 12 años en su contra por manipulación de testigos.
El expresidente Uribe fue condenado en primera instancia, el 1 de agosto, a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, en el marco del proceso por presunta manipulación de testigos.
Aunque la juez Sandra Heredia le otorgó prisión domiciliaria, ordenó su captura inmediata para iniciar el cumplimiento de la sanción.
Por su parte, la defensa del exmandatario alegó que esa decisión vulneraba derechos fundamentales como la libertad, el debido proceso y la presunción de inocencia, y en la tutela insistió en que la privación de la libertad no estaba debidamente justificada.
En el fallo, el tribunal señaló que no se probó la intención de fuga de Uribe ni la existencia de elementos que indicaran peligro para la sociedad o posibilidad de reincidencia. Además, destacó que el expresidente había asistido voluntariamente a todas las diligencias judiciales y no había entorpecido el proceso.
Con esta determinación, Álvaro Uribe Vélez permanecerá en libertad mientras avanza el trámite de apelación de su condena. El expediente fue remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

